Chetumal, Q. Roo a 25 de abril de 2019.- El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, resolvió en sesión pública dos Recursos de Apelación en contra de actos realizados por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo.
En el caso del Recurso de Apelación identificado como el RAP/035/2019, éste lo presentó el Partido del Trabajo en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, IEQROO/CG/A-116/19, mediante el cual se resuelve la solicitud de registro de las fórmulas de candidaturas a las diputaciones en los 15 distritos electorales del Estado de Quintana Roo, presentada por el partido Movimiento Ciudadano, en el contexto del Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019.
En este asunto, las magistradas y el magistrado del pleno determinaron revocar en la parte que fue materia de impugnación en dicho acuerdo, ya que el ciudadano Juan Ignacio García Zalvidea es inelegible para contender en la diputación del distrito electoral 02 por el partido Movimiento Ciudadano; vinculando al Consejo General del IEQROO para que otorgue un plazo razonable y específico para que el partido sustituya a dicho candidato.
Mientras que el Recurso de Apelación con la clave RAP/037/2019 fue presentado por el Partido Acción Nacional en contra del Consejo General del IEQROO, por la resolución mediante la cual se determina respecto de la queja registrada bajo el número IEQROO/POS/021/2019.
Al respecto, el pleno, por unanimidad de votos resolvió revocar la resolución IEQROO/CG/R-010-19, ya que la autoridad responsable fue omisa en el cumplimento de los efectos ordenados en el diverso RAP/018/2019 al no realizar de forma seria, congruente, idónea, eficaz, expedita, completa y exhaustiva la investigación de la queja IEQROO/POS/021/2019, por lo cual se apercibió al Consejo General del Instituto Electoral local para que diligentemente realice lo señalado en los efectos de dicha resolución.