SAT abrirá sistema para pago de impuestos el 1 de julio

FAUSTO ADRIÁN.- Cancún Q. Roo. Este primero de julio el SAT abrirá la plataforma para que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal puedan hacer su declaración de los primeros 3 bimestres del año, destacó su titular Alejandro Buenabad.

El titular del Sistema de Administración Tributaria en Quintana Roo,  Alejandro Buenavad dio a conocer que a partir del 1 de julio se estará abriendo el programa o software  para que  los contribuyentes de Régimen de Incorporación Fiscal puedan realizar su declaración de los primeros tres trimestres  del año.

“La firme convección de que en el mes de julio que es donde se vence el plazo, a más tardar el 31, tengamos puesto en funcionamiento a partir del primero de julio la declaración bimestral de los pequeños contribuyentes que va abarcar los periodos de;  enero – febrero, de marzo y abril, y mayo y junio de manera separa para declarar los bimestres”

Una vez que inicie el proceso de declaración bimestral, que corresponden a la mitad del 2014,  los contribuyentes podrás conocer el monto que tendrá que pagar por el Impuesto al Valor Agregado dado que los del Régimen de Incorporación Fiscal están exentos por este año del Impuesto Sobre la Renta (ISR), explicó Alejandro Buenabad.

“En principio de cuenta esta declaración bimestral el contribuyente  va a poder presentar a través de Internet por su propios  medios, es decir puede agarrar y hacerlo de manera sola o pude ir a las oficinas recaudadoras de renta del Gobierno del Estado de Quintana roo, ubicadas en los 6 municipios de la zona norte para poder presentar su declaración bimestral, cosa que ya está haciendo el Gobierno del estado”

Por último el responsable del SAT en Quintana Roo, aclaró que el pago de impuestos será por lo que haya sido cobrado, y no por lo facturado, pero tendrá que pagarse la totalidad de los 3 primeros bimestres antes del último día de julio.

“Solamente del IVA que ellos cobren a través de la factura, y solamente será el IVA cobrado, esto hay que dejarlo muy en claro, este pago tiene que ser sobre lo efectivamente cobrado, si el contribuyente para cobrar, y te pongo un ejemplo; un  carpintero o un tapicero o una persona que se dedica a un oficio va a la zona hotelera mete la factura para que le payen y todavía no se la pagan no va a ser sujeto de acumulación en ese momento de ingreso”

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