El @TEQROO_Oficial ratifica la candidatura de @MachucaCROC

Chetumal, Q. Roo a 07 de mayo de 2018.- El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió 9 asuntos, cuatro de ellos interpuestos por militantes del Partido de la Revolución Democrática en contra de las resoluciones que emitiera la Comisión Nacional Jurisdiccional de ese partido, relacionadas con el proceso de selección interna de candidatos para la elección de miembros de Ayuntamientos 2017-2018.

 

En sesión de pleno de las 20:00 horas, se resolvió el RAP/025/2018 que presentó el PRD en contra del acuerdo del Consejo General del IEQROO (IEQROO/CG/A-092-18) mediante el cual se aprobó en el registro de las planillas presentadas por la coalición parcial “Coalición por Quintana Roo”, conformada por el PRI, PVEM y Panal para contender en la elección de Ayuntamientos 2017-2018.
En específico, a la candidatura a la presidencia Municipal de Benito Juárez encabezada por Mario Machuca Sánchez.

Al respecto, los magistrados del TEQROO determinaron infundados los agravios presentados por el partido actor, ya que el candidato se separó en el plazo establecido en la ley, para poder contender al citado cargo de elección popular.

Al respecto, en los expedientes JDC 50, 51, 52 y 53 del 2018, el pleno del Tribunal declaró improcedentes los medios de impugnación y determinó su desechamiento, toda vez que fueron presentados fuera del plazo establecido por la ley para manifestar sus controversias.

A través del Recurso de Apelación RAP/028/2018, el partido político Morena acude al TEQROO para impugnar el acuerdo del Instituto Electoral de Quintana Roo IEQROO/CG/A-090-18 que emitiera el Consejo General del Instituto para aprobar la solicitud de registro de la planilla presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), para contender en la elección de Ayuntamiento de Isla Mujeres, específicamente al registro de José de Jesús Castillo Magaña y Jaime Torres Juárez en su calidad de suplentes.
A consideración de este Tribunal, se declaran infundados los agravios señalados por el partido actor Morena, ya que la actuación de la autoridad responsable es acorde a derecho y no vulnera principios electorales constitucionales, puesto que no requieren separarse del cargo, porque los candidatos suplentes están exentos a la separación del cargo.

 

El RAP/024/2018 y su acumulado RAP/027/2018, promovidos por el Partido Encuentro Social y el partido político Morena, respectivamente, en contra del acuerdo del Consejo General del IEQROO (IEQROO/CG/A-93-18), en el cual se aprueba la planilla para ayuntamiento de Isla Mujeres presentada por la coalición “Quintana Roo al frente”, en específico del cargo de Síndico que ocupa la ciudadana Teresa Atenea Gómez Ricalde.
En este asunto, el pleno advirtió que le asiste parcialmente la razón al partido actor, dado que la candidata debió separarse del cargo de regidora que actualmente ocupa, en el plazo establecido en la ley para poder contener en el cargo de elección popular como Síndico.

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