Interviene CNDH ante PGR por cajas de seguridad en Cancún

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a la Procuraduría General de la República (PGR) la aplicación de medidas cautelares en favor de los legítimos
propietarios de los bienes depositados en las cajas de seguridad de la empresa “First National Security de México” S.A. de C.V”, que la dependencia aseguró el pasado viernes en Cancún, Quintana Roo, y que no se encuentran vinculados a la investigación ministerial que realiza,
con el fin de evitar violaciones a sus derechos humanos.

El Organismo Nacional pide se garanticen los derechos constitucionales de legalidad y
seguridad jurídica de los usuarios de esas cajas de seguridad a través de diligencias ministeriales transparentes a fin de que tengan certeza jurídica sobre la preservación y salvaguarda de sus pertenencias, documentos y/o valores.

Asimismo, que se les informe a la brevedad, a través de un solo servidor público en Cancún, Quintana Roo, cuál es el procedimiento ministerial para recuperar sus bienes.

Al 31 de octubre la CNDH había recibido siete quejas de los agraviados, además de que tuvo
conocimiento de los hechos a través de diversas notas periodísticas donde se informaba de la inconformidad de representantes legales de la mencionada empresa y de los afectados, porque según sus declaraciones, las autoridades aseguraron decenas de cajas de seguridad sin su presencia, sin orden de cateo, además de que se les impidió el acceso al inmueble, lo
cual motivó la intervención de este Organismo Nacional y el inicio de la investigación correspondiente.

Fundamenta su solicitud en atención del principio pro persona para interpretar las normas en beneficio de la persona a fin de evitar violaciones a los derechos humanos de los legítimos propietarios de esos bienes que no se encuentran vinculados a la investigación ministerial que realiza la PGR, sin prejuzgar sobre la responsabilidad de la autoridad responsable.

La solicitud para la aplicación de medidas cautelares tiene su fundamento en los dispuesto en
el artículo 40 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, asimismo 116, 117 y 118 de su Reglamento Interno.

La CNDH permanecerá atenta a la evolución de los hechos y en su momento dará a conocer la resolución que conforme a derecho corresponda.

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