Acusa @MarybelVillegas al Gobernador de interferir en el proceso electoral, al impulsar la consulta de plataformas como Uber

Cancún, Quintana Roo, a 16 de abril del 2018.- Marybel Villegas Canché pidió al gobernador Carlos Joaquín González, dejar de está interfiriendo en el actual proceso electoral al imponer una consulta popular solo en el municipio de Benito Juárez para la aprobación o no de las plataformas digitales (tipo Uber) ya que no solo pretende desviar la atención de los ciudadanos sino que está enrareciendo y contaminando el clima electoral, para lo que incluso se aprobó “fast track” y a modo una Ley de Participación Ciudadana.

Marybel Villegas aclaró que de ninguna manera está en contra de que se realicen consultas populares para la toma de decisiones por parte del gobierno y tampoco está en contra de la operación de plataformas digitales para transporte público, como UBER, pero sí en contra de los “albazos” legislativos y de que no se respeten los tiempos y procedimientos adecuados para garantizar su legalidad.
Pidió al gobernador y a los diputados de la XV Legislatura que respeten las leyes y los derechos de los ciudadanos quintanarroenses y se posponga la consulta popular hasta después del proceso electoral.
Explicó que solo 9 días bastaron a la XV Legislatura de Quintana Roo para realizar el estudio de 8 iniciativas de leyes de participación ciudadana presentadas por diversos actores, así como para analizar las 54 propuestas provenientes de ciudadanos y de asociaciones civiles, al considerarse que el día 12 de marzo fue presentada la última iniciativa y ese mismo 12 de marzo fue el último evento de consulta ciudadana, nueves días después, el 21 de marzo aprobaron el dictamen tanto en comisiones como en el pleno legislativo.
Lo anterior deja de manifiesto la urgencia en legislar al respecto, sobre uno de los temas que más le apremia a nuestra comunidad, que son la reglas de cómo podemos participar, el fas-track legislativo realizado por la XV Legislatura, “nos recuerda las mismas prisas que se tuvieron para realizar el paquete de impunidad de la anterior legislatura”.
Asimismo, 5 días trascurrieron para que el Ejecutivo del Estado realizara la petición al IEQROO para que dictamine sobre la viabilidad de una consulta popular en Benito Juárez sobre el tema de plataformas digitales, del 23 de marzo fecha en la que quedó facultado para ello al entrar en vigor la ley, fue hasta el día 28 de marzo donde realizó la petición formal ante el órgano electoral.
10 días son los que utilizó el IEQROO para atender y validar la solicitud enviada por el titular del Ejecutivo, es más aprobó en el último día que tenía para validar, de conformidad con lo que establece el artículo 48 de la nueva Ley de Participación Ciudadana, misma que refiere que “El Consejo General del Instituto en un plazo no mayor a diez días hábiles de presentada la solicitud, rendirá un informe sobre el cumplimiento de los requisitos, la trascendencia y la procedencia de la solicitud planteada.”
“Me resulta excesivo y violatorio el artículo 49 de la recién aprobada Ley de Participación Ciudadana del Estado, al referir que el informe de validación como el que ya fue emitido por el IEQROO el pasado 11 de abril del presente año, es definitivo e inatacable, cuando en estos tiempos la garantía judicial es la que prevalece en un estricto respeto a los derechos humanos, el hecho que este informe no tenga recurso de impugnación alguno en el cual cualquier ciudadano pueda recurrir me preocupa, porque en este caso, le cortan el derecho a los amigos taxistas de pronunciarse al respecto dentro de ese procedimiento de consulta popular”, dijo.
Criticó que 2 hojas sirvieron para calificar la trascendencia por parte del IEQROO, el artículo 44 dispone que: Toda solicitud se presentará por escrito ante el Instituto y deberá cumplir con los requisitos previstos para cada mecanismo de participación ciudadana. Por su parte el artículo 20 refiere que: La consulta popular es un mecanismo que tiene por objeto reconocer la expresión de la ciudadanía, a través de la aprobación o rechazo de algún tema de trascendencia en el ámbito estatal, municipal o regional. Se entiende que existe trascendencia en el tema propuesto para una consulta cuando repercutan en la mayor parte del territorio estatal, municipal o regional, según sea el caso, y que impacten en una parte significativa de su población.
Detalló que el artículo 48 de la Ley de Participación Ciudadana dispone que cuando se analice la trascendencia, el Consejo General del Instituto podrá apoyarse con los colegios y organizaciones de la sociedad civil, especializados en la materia que se trate. Situación que no ocurrió, y como podrá observarse en el informe emitido por el IEQROO no hubo petición alguna a algún colegio, organizaciones de la sociedad civil, ni mucho menos a especializados en materia de transporte, movilidad o de cualquier otra materia afín al tema que se ha puesto a consideración de la consulta popular.
“El costo que pagaremos por la Consulta se estima en 10 millones de pesos, ya que implica que se impriman boletas con la pregunta que se está considerando, debiéndose cubrir todas las formalidades que se exige para una boleta electoral, para ello el IEQROO deberá establecer elementos de seguridad, mamparas, urnas, responsables de cuidar el procedimiento, capacitadores para quienes vayan a estar en las mesas directiva de casillas
A nivel federal, el término para solicitar una Consulta Popular que tenga verificativo el 1° de julio del 2018, venció en el mes de septiembre del año pasado, la propia Ley Federal de Consulta Popular prevé un término aproximado de 270 días previos para organizar una consulta popular, con la nueva ley aprobada en Quintana Roo, solo bastan 90 días para preparar todo un proceso de consulta popular. Cabe señalar que desde la aprobación de la Ley federal se ha tenido la oportunidad de realizar dos consultas populares a nivel nacional y derivado de la complejidad económica no ha sido posible llevarlas a cabo.
Por su parte el artículo 91 de la citada ley refiere que el resultado del plebiscito y la consulta popular será vinculante (es decir obligatoria para el Estado) cuando participe el 35 por ciento del listado nominal estatal o municipal actualizado y de éstos, la mitad más uno de las opiniones se manifieste en uno u otro sentido. De no cumplir con la participación ciudadana requerida por la Ley, el gasto erogado habría sido innecesario.
15 días son los que restan para que la nueva Ley de Consulta Ciudadana apruebe el tamiz de la legalidad en Quintana Roo, si llegamos al día 4 de mayo de 2018 y no se presentó ninguna acción de inconstitucionalidad en contra de la referida ley por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, algún Partido Político Nacional, o en su defecto por la Procuraduría General de la República, puede que inclusive se declare la suspensión de los actos ya realizados con fundamento a la citada ley, ello, ante la evidente vulneración de derechos humanos, y por carecer de un proceso legislativo apegado a la legalidad tal y como lo establece la Constitución del Estado y la propia ley del Congreso.
Evidentemente no es el momento oportuno para realizar una consulta popular, y peor aun tratándose de un tema sensible como es el bienestar de familias benitojuarenses, la premura en legislar al respecto este tema y de someterla a consideración del pueblo de BJ, ha propiciado opiniones encontradas entre los diversos sectores de la sociedad, no tanto por poner a consideración el tema ante la sociedad, sino por la premura de las autoridades legislativas para que este problema tan sensible sea resuelto por los propios ciudadanos, tomando en consideración que dicha consulta será vinculantes, es decir lo que se determine por esa vía, es lo que realizará el gobierno del estado.

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