Profepa clausura predio en Puerto Aventuras por tala de mangle y vegetación

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal trabajos y actividades de tala de mangle y vegetación de selva baja subperennifolia en un predio de 480 metros cuadrados, municipio de Solidaridad, Quintana Roo, donde se pretende cambiar el uso de suelo de terrenos forestales para un complejo turístico de Puerto Aventuras.

 

En atención a una denuncia ciudadana, personal de la PROFEPA realizó visita de inspección al predio rústico ubicado en Bahía Xcacel, Plano 1, Manzana 011, Lote 008, en Puerto Aventuras, por actividades de desmonte y remoción de vegetación de la zona.

 

Los inspectores federales de esta Procuraduría constataron que las especies Mangle Botoncillo (Conocarpus erectus) y Mangle Rojo (Rizophora mangle), consideradas por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, en riesgo –categoría de Amenazada– fueron objeto de remoción parcial, además de ser retirada de manera total la flora arbustiva de selva baja subperennifolia encontrada en el predio.

 

Al momento de la diligencia, el visitado no presentó la autorización para llevar a cabo los trabajos de remoción de la cobertura vegetal en donde se pretende realizar el cambio de uso de suelo; por lo que se determinó imponer como medida de seguridad la clausura total temporal de los trabajos y actividades que impliquen la remoción total o parcial de la vegetación en el predio referido, con fundamento en el Artículo 161, Fracción VII, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

 

 

Según el Artículo 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el responsable de cambiar la utilización de los terrenos forestales, sin contar con la autorización correspondiente, será acreedor a una  multa por el equivalente de 100 a 20,000 veces de salario mínimo.

 

Conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá  imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión, así como una multa por el equivalente de cien a tres mil días multa a quien desmonte o destruya la vegetación natural y cambie el uso del suelo forestal.

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