PROFEPA suspende el nado con tortuga en la Bahía de Akumal

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) determinó la suspensión temporal de las actividades de nado con tortuga en la Bahía de Akumal, Quintana Roo, en tanto se otorguen las autorizaciones y/o permisos correspondientes a toda aquella empresa, cooperativa u organización interesada en prestar dicho servicio.

La vigilancia en su cumplimiento estará a cargo de la  PROFEPA con la valiosa colaboración de la Secretaría de Marina (SEMAR) y en coordinación con el Gobierno del estado de Quintana Roo, a fin de reestablecer la sustentabilidad de la zona y el marco normativo aplicable.

Esta medida busca garantizar la recuperación de los bancos de corales de especies como: cuerno de alce (Acropora palmata), cuerno de ciervo (Acropora cervicornis), corales blandos o abanicos de mar (Plexaura homomalla y Plexaura dichotoma); así como de los pastos marinos de las especies (Thalassia testudinum, Syringodium filiforme y Halodule wrightii), los cuales sirven de alimento para las tortugas marinas y hacer cumplir los estudios que limitan el número de personas  por día en la actividad.

Recientemen­­­te la PROFEPA llevó a cabo recorridos de vigilancia por la Bahía de Akumal, del 03 al 22 de enero de 2017, donde verificó la presencia de 3,617 turistas en el nado con tortugas lo que representa el doble de lo permitido dentro del área autorizada; la mayoría realizó además dicha actividad fuera de la zona delimitada,y muchos sin las autorizaciones correspondientes.

Durante la acciones de vigilancia en la Bahía de Akumal, en el periodo de tiempo señalado, participaron 24 inspectores federales de la PROFEPA.

La Procuraduría ha recibido denuncias ciudadanas para tomar  medidas que contribuyan a resolver la problemática en la Bahía de Akumal, debido a la afectación al pasto marino y sistemas coralinos en la zona como consecuencia de no resp­­­­etar el límite de turistas permitidos, practicar las actividades de recreación en zonas no permitidas sin las autorizaciones correspondientes y el no respeto de la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT), donde anidan las tortugas.

Cabe recordar que la Oficina Regional de la PROFEPA en Akumal realizó, de marzo a diciembre de 2016, supervisiones en la ZOFEMAT para verificar las zonas de anidaciones de tortuga marina.

Se realizaron tres reuniones interinstitucionales (CONANP-PROFEPA-SEMARNAT) para el seguimiento de 20 autorizaciones de aprovechamiento no extractivo de vida silvestre que se encontraban vigentes a diciembre de 2016; dos recorridos en lancha para supervisar a los prestadores de servicios para el avistamiento de tortugas.

En el mismo periodo de tiempo señalado, se conformaron 11 comités de vigilancia integrados por 105 vigilantes con operación diaria, de los cuales nueve corresponden a integrates de Cooperativas y dos a Agencias de Servicios.  Este año no se conformarán comités para dicha tarea, recayendo la vigilancia y supervisión del nado con tortuga en las autoridades federales ambientales, con la valiosa colaboración de la Secretaría de Marina.

En ese sentido, la PROFEPA instauró 179 Actas de inspección, siendo 128 actas en materia de vida silvestre por aprovechamiento no extractivo sin autorización; seis Actas instauradas por comercio irregular en la ZOFEMAT, seis Actas a concesiones en zona federal  por mal uso, 24 Actas en materia de Impacto Ambiental y 15 Actas en materia forestal, éstas dos últimas por no contar con las autorizaciones expedidas por SEMARNAT.

Con estas acciones se fomenta el desarrollo sustentable, previniendo el deterioro y daño a los ecosistemas marinos en donde se desarrollan diversas especies de tortugas marinas que habitan en el Área de Refugio para Protección de Especies Marinas Bahía de Akumal.

El incumplimiento de esta medida, será sancionada en términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y demás disposiciones aplicables.

La actividad con nado de tortugas se reanudará  cuando los prestadores de servicios acrediten contar con las autorizaciones correspondientes, en el número que se determinen, con base en el estudio de carga y en la zona previamente delimitada.

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